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BLANCO ABOGADOS
Blanco Abogados dirige sucesiones con bienes en la República Dominicana, tanto de carácter nacional como vinculadas con España u otros países.
Nuestra intervención comprende la determinación de la ley aplicable y de las autoridades competentes, la identificación de los herederos, el estudio del testamento y del patrimonio, la declaración sucesoral, la adjudicación de los bienes y la resolución de los conflictos que puedan surgir durante su administración o reparto.
Una sucesión patrimonial exige reconstruir con precisión la situación jurídica y económica dejada por la persona fallecida antes de adoptar decisiones sobre los bienes.
El primer análisis comprende el testamento, las relaciones familiares, el régimen matrimonial, los títulos inmobiliarios, las cuentas y productos financieros, las participaciones societarias, los créditos, las deudas y las obligaciones pendientes. Solo a partir de esa información puede determinarse la composición real de la masa sucesoral y la posición que corresponde a cada interesado.
En la República Dominicana, coordinamos, cuando resulte necesario, la determinación de herederos, la declaración ante la Dirección General de Impuestos Internos, la liquidación del impuesto sucesoral y las actuaciones notariales y registrales necesarias para adjudicar o transferir los bienes.
Cuando el fallecido, los herederos o los bienes están vinculados con distintos países, la primera cuestión consiste en determinar qué ley rige la sucesión y qué autoridades son competentes para intervenir.
La ley aplicable condiciona aspectos esenciales: quiénes tienen derecho a heredar, qué participación corresponde a cada heredero, el alcance y la validez material de las disposiciones testamentarias, la responsabilidad por las deudas, las facultades de administración y las reglas conforme a las cuales debe realizarse la partición.
Las normas dominicanas y europeas de derecho internacional privado no utilizan necesariamente los mismos criterios. Por ello analizamos el domicilio y la residencia habitual del causante al tiempo del fallecimiento, su nacionalidad, las disposiciones contenidas en el testamento, la posible elección de ley y el lugar en el que se encuentran los bienes.
Solo después de determinar la ley aplicable y las autoridades competentes puede organizarse correctamente la sucesión. Testamentos, poderes, actas del estado civil, certificaciones bancarias y resoluciones extranjeras pueden requerir apostilla, legalización, traducción o reconocimiento antes de producir efectos en otro país.
La presencia del despacho en Santo Domingo y Madrid permite coordinar las actuaciones necesarias en ambas jurisdicciones y mantener una dirección jurídica común. Atendemos especialmente a dominicanos residentes en el extranjero, herederos extranjeros con bienes en la República Dominicana y familias cuyo patrimonio se encuentra distribuido entre distintos países.
Las herencias que incluyen propiedades, empresas familiares o participaciones sociales requieren una planificación específica. La sucesión puede afectar a la titularidad y administración de los activos, a la continuidad de una sociedad o a la posibilidad de conservar, explotar o vender determinados bienes.
Revisamos la situación registral de los inmuebles, las cargas existentes, la documentación societaria y los derechos económicos vinculados al patrimonio. También valoramos las consecuencias de las distintas fórmulas de adjudicación antes de formalizar la partición.
Cuando existen varios herederos con intereses diferentes, dirigimos la negociación necesaria para distribuir los bienes, establecer compensaciones o acordar su venta, procurando evitar que una decisión precipitada reduzca el valor del patrimonio.
El desacuerdo sobre la valoración de los bienes, su administración, el uso exclusivo de un inmueble, la existencia de disposiciones testamentarias o la forma de realizar el reparto puede impedir el cierre de la sucesión.
Intervenimos en particiones amigables y judiciales, reclamaciones sobre bienes pertenecientes a la herencia, rendición de cuentas, impugnación de actuaciones perjudiciales y procedimientos destinados a poner fin a la indivisión.
Cuando existe posibilidad de acuerdo, procuramos que la partición contemple la totalidad del patrimonio y pueda ejecutarse sin generar nuevos conflictos. Cuando la negociación no resulta viable, dirigimos el procedimiento judicial con una posición definida sobre los bienes, los derechos sucesorios y el resultado patrimonial perseguido.
La planificación sucesoria permite ordenar anticipadamente la transmisión de los bienes y reducir el riesgo de futuros conflictos familiares o empresariales.
Estudiamos testamentos, titularidades inmobiliarias, participaciones societarias y patrimonios situados en distintos países para prever las consecuencias jurídicas de su transmisión. En estructuras familiares o empresariales, esta planificación puede resultar decisiva para preservar la continuidad de los activos y evitar una fragmentación innecesaria.
Cada sucesión debe abordarse como una unidad: familia, patrimonio y jurisdicciones forman parte de una misma estrategia jurídica.